Quienes deseen asociarse a la Sociedad General de Autores de la Argentina
ARGENTORES deben seguir los siguientes pasos:
Presentar una solicitud dirigida a la
Junta Directiva de la Asociación en donde figuren estos
datos: nombre, seudónimo (en el caso de que lo tuviere),
edad, nacionalidad y domicilio del solicitante; documento de
identidad y comprobante de que se halla comprendido en alguna
de las categorías de socios contempladas por la Asociación;
garantizar la expresa voluntad de respetar y cumplir con las
normas que rigen la entidad.
La solicitud de ingreso será exhibida
por el plazo de diez días en la sede de ARGENTORES. En
caso de impugnación por algún socio, se dará
vista al solicitante por otros diez días. Al término
de estos plazos será la Junta Directiva quien resuelva
la aceptación o rechazo de la solicitud. En caso de fallo
negativo, el solicitante no podrá reiterar su pedido
hasta después de transcurrido un año.
La Junta Directiva fijará anualmente
la cuota de ingreso, así como la cuota mensual.
Categorías de Socios
En el seno de ARGENTORES se encuentran reconocidas las siguientes
categorías de integrantes:
Socios honorarios
Son designados por la Asamblea General
o propuestos por la Junta Directiva o por veinte socios activos,
como mínimo, por la importancia de los servicios prestados
a la Asociación o por el mérito de su producción
literaria, artística y/o musical.
Socios activos
Para ingresar en esta categoría
debe acreditarse la producción y estreno en el país
de no menos de ocho actos, cuyos derechos de autor hayan sido
administrados por ARGENTORES. Los socios activos tienen voz
y voto en las asambleas y pueden elegir y ser elegidos para
los cargos a cubrir en los cuerpos orgánicos de la sociedad.
Socios administrados "A"
Para serlo deberá acreditarse la
producción y el estreno en el país de no menos
de tres actos y no más de ocho, cuyos derechos de autor
hayan sido administrados por ARGENTORES. Estos socios tienen
voz y voto en las asambleas y pueden elegir pero no ser elegidos
para los cargos de gobierno y administración de la sociedad.
Socios administrados "B":
Deberán acreditar la producción
y estreno en el país de tres actos o menos, cuyos derechos
de autor hayan sido administrados por ARGENTORES. Estos socios
sólo tendrán voz en las asambleas pero no voto
ni pueden elegir ni ser elegidos como representantes.
Representados
Integran también la sociedad pero
sin revestir la condición de socios. Serán los
autores que no hayan solicitado su admisión como socios
o hayan perdido por cualquier causa esa cualidad; los derechohabientes
de los autores; las entidades de actividades afines y las entidades
extranjeras.
Derechos y compromisos
La condición de socio implica delegar en la entidad, con carácter
exclusivo, las siguientes facultades:
Conceder o negar la autorización
para el uso de las obras del socio en teatro, cine, televisión,
radio, etc., en el país y/o en el exterior:
Establecer las condiciones de esa utilización
y los aranceles correspondientes;
Recaudar las sumas que resulten de la
utilización de las obras, en concepto de derechos y regular
el monto de esas sumas con relación a sus colaboradores
y,
En caso de que fuera necesario, ejercer
la defensa en juicio o ante quien corresponda, de los derechos
del socio como autor, derechohabiente o simplemente representado
y ejecutar todas las acciones derivadas de la ley 11.723, de
la propiedad intelectual y de las que en consecuencia se dicten.
Ningún socio podrá ceder
o vender total o parcialmente el derecho de representación
de sus obras.
Los socios activos, administrados "A"
y "B" abonarán una cuota mensual cuyo importe
será establecido anualmente por la Junta Directiva.
Pacheco de Melo 1820
C1126AAB
Buenos Aires República Argentina
Tel. +54(11) 4811-2582
Fax +54(11) 4812-6954
Anexo Calle Montevideo:
Montevideo 696
C1019ABN Buenos Aires República Argentina
Tel.
+54(11) 4372-7989/6016 4373-5061/5159.